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Reglamento de Pesca Deportiva Provincia de Buenos Aires

REGLAMENTO DE PESCA DEPORTIVA EN AMBIENTES LAGUNARES Y FLUVIALES
Ministerio de Asuntos Agrarios ( Provincia de Buenos Aires )
La Subsecretaria de Pesca y Recursos Naturales de la Provincia de Buenos Aires, a través de las facultades que le confiere la ley Provincial 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95, propende al ordenamiento, con manejo y administración de los recursos naturales acuáticos Bonaerenses.
AMBIENTES LAGUNARES



PEJERREY
Se permite solo una caña por pescador, provista tanto para la línea de flote
como de fondo de un máximo de 3 anzuelos simples,
de abertura interior de 7,8 mm. Como mínimo.
Talla mínima de captura y cantidad de piezas a extraer por pescador y por jornada de pesca:
25 centímetros medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior del cuerpo
hasta el extremo posterior de la aleta caudal.
Temporada de Pesca: desde el 2 de diciembre de cada año al 31 de Agosto del siguiente año.
50 Piezas: para todas las lagunas bonaerenses, contemplando las siguientes excepciones:
80 Piezas: para las lagunas las tunas (partido de Trenque Lauquen) y Del Monte (partido de Guamini).
30 Piezas: para la laguna la brava (partido de Balcarce) .
25 Piezas : para las lagunas de Monte (Partido de San Miguel de Monte),
Lobos (Partido homónimo), La Combe (Partido de Chascomús), Del Burro (Partido de Chascomús),
y De Los Padres (Partido de General Pueyrredón) .
15 Piezas: en la laguna Camarón Grande (Partido de Pila).
TEMPORADA DE VEDA
Del 1º de Septiembre al 1º de Diciembre de cada año.
Se permite la pesca deportiva los días Sábados, Domingos y Feriados,
con excepción del mes de Octubre (Periodo de veda total)
en el que me permitirá la extracción de ninguna pieza.
15 Piezas : en las lagunas de Monte, Lobos, Chascomús, Bragado, La Brava (Partido de Balcarce),
Camarón Grande (Partido de Pila), El Carpincho (Partido de Junin),
La Combe ( Partido de Chascomñus) y de Los Padres (Partido de General Pueyrredón) .
25 Piezas: en las lagunas Salada Grande (Partido de General Madariaga y General Lavalle),
Sauce Grande (Partido de Monte Hermoso), Del Monte y Cochicó (Partido de Guaminí) .
30 Piezas: en la laguna de Chasicó (Partido de Villarino y Puan)
Y la albufera Mar Chiquita (Partido de Mar Chiquita) .
20 Piezas: en el reto de las lagunas bonaerenses.
ESPECIES VARIADAS:
Se permite solo una caña por pescador, utilizando en la modalidad de flote un maximo
de 3 anzuelos simples, y para la modalidad de fondo un maximo de 2 anzuelos simples.
LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN PODRA ESTABLECER MODIFICACIONES
CUANDO LAS MISMAS SEAN TECNICAMENTE VIABLES .
AMBIENTES FLUVIALES:
PEJERREY
Se permite solo una caña por pescador, utilizando en la modalidad de flote un maximo
de 5 anzuelos simples, y para la modalidad de fondo un maximo de 3 anzuelos simples
No existen restricciones en cuanto al tamaño minimo de captura
ni al número de piezas a extraer por día y por persona .
DORADO
Talla minima de captura y cantidad maxima a estraer por pescador y por jornada de pesca :
Temporada de pesca : la talla minima de captura es de 60 cm. (medidos desde el extremo
anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal)
y la cantidad es de 2 piezas por pescador y por día .
Temporada de veda :
Desde el 1º de Octubre de cada año al 15 de Enero del siguiente año .
La veda de esta es de carácter total, no permitiéndose su captura durante ese periodo.
PERCA
Talla minima de captura y cantidad maxima de piezas
a extraer por pescador y por jornada de pesca :
Temporada de pesca : la talla minima de captura es de 40 cm.
(medidos desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal)
y la cantidad es de 10 piezas por pescador y por día .
Temporada de veda : se extiende durante los meses de Octubre y Novienbre.
Durante dicho periodo se permite la extracción 3 piezas, autorizándose la pesca los
días Sábados, Domingos y Feriados .
ARTES PROHIBIDAS PARA REALIZAR LA PESCA DEPORTIVA
EN CUALQUIER AMBIENTE DE AGUAS INTERIORES
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES :
1 – Mediomundo, Atarraya, Espinel, Trasmallo o Tres telas.
2 – Utilización de los llamados Robadores .
3 – Cualquier clase de red, sea de enmalle o de arrastre .
EL DINERO RECAUDADO EN CONCEPTO DE VENTA DE LICENCIAS SE DESTINA
AL FONDO PROVINCIAL PESQUERO, SIENDO APLICADO AL FINANCIAMIENTO
DE CAMPAÑAS DE ESTUDIOS TECNICOS DE LOS AMBIENTES ACUATICOS BONAERENSES,
POBLAMIENTO Y REPOBLAMIENTO DE ESPEJOS DE AGUA CON ALEVINOS
Y JUVENILES DE PEJERREY Y TAREAS DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN .
LICENCIAS
PARA LA PRACTICA DE LA PESCA DEPORTIVA Y TRANSPORTE DE ESPECIES CAPTURADAS ES OBLIGACIÓN OBTENER LA CORRESPONDIENTE LICENCIA .
No federada ( Validez 1 año calendario ).
Federada ( Validez 1 año calendario ).
De Concurso ( Validez 3 días ) .
Turistica (Validez 20 días ) .
Jubilados : se les exigirá Licencia, la que podtá ser solicitada
sin cargo presentando el correspondiente carnet .
LUGARES AUTORIZADOS
Ministerios de Asuntos Agrarios, Sede Central . Avda. 51 esq. 12, Torre 1, Piso 8 La Plata .
DELEGACIONES
Casa de la Provincia de Buenos Aires ( Capital Federal ) .
Dirección de Fiscalización Pesquera ( Mar de Plata ) .
Delegación Chascomús ( Estación Hidrobiológica ) .
Delegación Bahia Blanca .
Casas de Campo : General Belgrano, Olavarria .
Municipalidades de : Bolivar, Coronel Dorrego, Gral. Arenales, Gral. Villegas,
Gral. Madariaga, Lobos, Mar Chiquita, Magdalena, Monte Hermoso, Carmen de Patagones,
Pehuajó, Pila, Rojas, Suipacha, Tres Arroyos .
Clubes de Caza y Pesca Federados .
LA INFRACCION A ESTA REGLAMENTACION ES SANCIONADA CON PENA DE MULTA MINIMA
EQUIVALENTE A CUATRO SUELDOS MINIMOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL .
SUBSECRETARIA DE PESCA Y RECURSOS NATURALES
Dirección Provincial de Pesca
Dirección de Desarrollo Pesquero : Calle 12 esq. 51 Torre 1
Piso 8 – tel. (0221) 4295325 / Tel-fax : 4295320
1900 La Plata .
Dirección de Fiscalización Pesquera:
Bartolomé Mitre Tel : (0223) 4932528
7600 Mar del Plata 
www.maa.gba.gov.a

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