19/8/13

Infraccionados por traer pescado a granel (Mar del Plata)


Infraccionados por traer pescado a granel (Mar del Plata)

En Mar del Plata, inspectores de Pesca de la Provincia labraron actas a tres buques de rada/ría que descargaron pescadilla. Prefectura inició sumarios a parte de la misma flota porque el Monpesat no emitió señales. Sospechas de arrastre en zona prohibida dentro de las 3 millas.

Inspectores de la Dirección de Fiscalización de la Dirección de Pesca de la Provincia de Buenos Aires labraron actas de infracción a los barcos de rada/ría “Gala”, “Indomable” y Santo Vito de Massaro”.

El operativo ocurrió el viernes pasado en el muelle 10, conocido como “Puerto Piojo”, en la estación marítima local, al momento en que los barcos acababan de llegar a tierra y comenzaban con la tarea de descarga de pescadilla.

“Las actas se labraron por la presencia de pescado a granel en bodega, algo no permitido según la Ley Federal de Pesca”, contó una fuente oficial que participó del operativo, al que también se sumaron inspectores de la Subsecretaría de Pesca de la Nación y personal de SENASA.

REVISTA PUERTO pudo saber que Prefectura Naval Argentina inició sumarios a barcos de la misma flota, entre los que estaría incluido también el barco “Barba Negra”, porque el sistema satelital a bordo de las embarcaciones no emitieron señal durante un tiempo más prolongado que el que dispone el Monpesat de cada barco.

Fuentes extraoficiales aseguraron que los dispositivos de algunos de estos barcos emiten señales en áreas cercanas a las cinco millas, al norte del paralelo 37, frente a las costas de Villa Gesell, Pinamar, Cariló y Mar de las Pampas y que de pronto, desaparece del mapa de posicionamiento.

La sospecha que crece entre los muelles del puerto es que estos barcos arrastren dentro del área de 5 millas comprendidas en la Resolución 18/06, firmada el 10 de mayo de ese año por el entonces Subsecretario de Actividades Pesqueras, Oscar Fortunato.

“Establecer el pleno y exclusivo uso de las primeras 5 millas náuticas del área marítima provincial comprendido entre Punta Rasa y el 37° latitud sur, para toda embarcación de pesca artesanal las que deberán usar artes de pesca pasivas (por ejemplo red de fondeo, enmalle, trampas, línea, cerco, espinel u otras). Queda prohibido dentro de esta zona, el uso de redes de arrastre de cualquier tipo”, dice el Artículo 1 de la mencionada Resolución.

“Nosotros metemos tres o cuatro viajes por mes y ellos casi llegan a diez”, le dijo un armador a este medio. “Van y vuelven en el día, cómo hacen si no pescan en un área indebida”, se preguntó el pescador.

En principio, los partes de pesca de los barcos infraccionados por la autoridad de aplicación indicarían que habían zarpado hacía más de 30 horas del puerto marplatense.

Desde el Ministerio de Asuntos Agrarios, del que depende la Dirección de Pesca esperan los expedientes que habilitó Prefectura, al tiempo que aseguraron que las actas de infracción por el pescado a granel fueron giradas al Departamento Sumarios para el respectivo dictamen.

Por Roberto Garrone
www.nuestromar.or



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